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Órganos del Parlamento

Vídeo en lengua de signos de la organización del Parlamento de Galicia

A Mesa del Parlamento

A Mesa del Parlamento es el órgano rector de la Cámara y desempeña la representación colegial de esta en los actos a los que asista.

Está compuesta por el presidente o por la presidenta del Parlamento, dos vicepresidentes o vicepresidentas, un secretario o una secretaria y un vicesecretario o una vicesecretaria.

A Mesa del Parlamento interpreta y suple el Reglamento en los supuestos de duda u omisión, adopta las medidas conducente a la organización del trabajo y al régimen y gobierno interiores de la Cámara, elabora el proyecto de sus presupuestos y procede a su ejecución tras ser aprobados, califica los escritos y documentos de índole parlamentaria, programa las líneas generales de actuación de la Cámara y fija el calendario de actividades del Pleno y de las comisiones, entre otras funciones.

 

La Xunta de Portavoces

Los portavoces, junto con la Mesa del Parlamento, forman la Xunta de Portavoces, que tiene como funciones más importantes establecer los criterios que contribuyan a ordenar y facilitar los debates y las tareas del Parlamento, establecer el calendario de actividades de las comisiones, decidir la comisión competente para entender en los proyectos o en las proposiciones de ley, fijar el número de miembros de cada grupo parlamentario que integrarán las comisiones y asignarles los escaños en el salón de sesiones a los diferentes grupos parlamentarios.

 

Comisiones parlamentarias

Son los instrumentos más importantes del trabajo parlamentario, pues conocen de los proyectos, proposiciones o asuntos que les encomiende a Mesa del Parlamento.

Las más importantes son las comisiones permanentes legislativas, que actualmente son ocho:

  • Institucional, de Administración Xeral, Xustiza e Interior.
  • Ordenación Territorial, Obras Públicas, Medio Ambiente e Servizos.
  • Economía, Facenda e Orzamentos.
  • Educación e Cultura.
  • Sanidade, Política Social e Emprego.
  • Industria, Enerxía, Comercio e Turismo.
  • Agricultura, Alimentación, Gandaría e Montes.
  • Pesca e Marisqueo.

Estas comisiones preparan la discusión para el Pleno de los proyectos y de las proposiciones de ley que les corresponden por razón de la materia; en ellas comparecen miembros del Gobierno de la Xunta de Galicia, bien a petición propia, bien a petición de la Comisión, para dar cuenta o informar de sus tareas y de sus trabajos, y pueden aprobar resoluciones que se debatan en su seno.

Son también comisiones permanentes aquellas que se deban constituir por disposición legal, como las siguientes:

  • Del Reglamento, que dictamina la propuesta de Reglamento y las reformas que se le formulen a este.
  • Del Estatuto de los Diputados, que estudia todas las cuestiones que afectan a la compatibilidad de los diputados y de las diputadas.
  • De Peticiones, que examinará cada petición individual o colectiva que reciba el Parlamento de Galicia, para remitirle la quien corresponda: Valedor do Pobo, Defensor del Pueblo, Cortes Generales, Gobierno, tribunales, Ministerio Fiscal o comunidad autónoma, diputación o ayuntamiento pertinentes.

Son también comisiones permanentes no legislativas las siguientes:

Por disposición legal:

  • Comisión de Relaciones con el Consejo de Cuentas
  • Comisión de Control de la Corporación de la Radio Televisión de Galicia

Creadas para la correspondiente legislatura (artículo 49.1 del Reglamento)

  • Comisión de Asuntos Europeos

 

O Pleno

O Pleno del Parlamento de Galicia es el órgano supremo de la Cámara, en el que se debaten en última y definitiva instancia todas las cuestiones que son de su competencia, y está constituido por todos los diputados y diputadas.

Para tomar válidamente acuerdos, el Pleno debe contar con la asistencia de más de la mitad de sus miembros.

Es convocado por el presidente, a iniciativa propia o a solicitud de dos grupos parlamentarios o de la quinta parte de los miembros de la Cámara, y la convocatoria debe fijar la orden del día de la reunión.

Los miembros del Parlamento ocupan siempre un escaño fijo, agrupados según el grupo parlamentario al que pertenecen.

Todos los consejeros o consejeras pueden asistir e intervenir en las sesiones aunque no sean diputados o diputadas.

Las sesiones del Parlamento serán públicas con determinadas excepciones, que se fijan reglamentariamente.

Los acuerdos serán válidos una vez aprobados por la mayoría simple de los miembros presentes del órgano correspondiente, sin perjuicio de las mayorías especiales que estén establecidas por ley o por el Reglamento de la Cámara. El voto es personal e indelegable.

 

A Deputación Permanente

A Deputación Permanente velará por los poderes de la Cámara cuando esté expirado el mandato parlamentario, cuando el Parlamento esté disuelto, o no esté reunido por encontrarse fuera de los períodos comunes de sesiones o por cualquiera otra causa de fuerza mayor.

Está presidida por el presidente del Parlamento y constituida por un mínimo de once miembros, que representarán a todos los grupos parlamentarios en proporción a su importancia. A Deputación Permanente le debe dar cuenta al Pleno de todas sus decisiones en la primera sesión común y luego de las elecciones al Parlamento de Galicia una vez constituido cada cuatro años al inicio de la legislatura.

 

Los grupos parlamentarios

Los grupos parlamentarios son agrupaciones de diputados y diputadas que voluntariamente se constituyen al inicio de cada legislatura; estos deben constar de un mínimo de cinco miembros. No podrán formar grupo parlamentario separado diputados o diputadas que pertenezcan a un mismo partido o coalición electoral.

Los diputados y las diputadas que no sean miembros de ninguno de los grupos parlamentarios constituidos se podrán asociar a alguno de ellos y los que no queden integrados pasan a formar parte del Grupo Mixto.

Cada grupo parlamentario tiene una denominación y un portavoz que lo representa a todos los efectos. Disponen de locales propios y medios materiales en el edificio del Parlamento para cumplir sus funciones.

Funcionamiento del Parlamento

 

El sistema de trabajo y de decisión

O Parlamento de Galicia adopta sus decisiones luego de una serie de debates, en los que pueden solicitar la palabra para intervenir todos los grupos parlamentarios para fijar su posición respecto a cualquier cuestión. Los tiempos de intervención son amplios para las cuestiones más generales y globales y reducidos en los asuntos de menor importancia.

Para que el Parlamento pueda adoptar válidamente su decisión hace falta que se encuentre reunido de acuerdo con lo que se establece en el Reglamento y con la asistencia de la mayoría de sus miembros, que en el Parlamento de Galicia actual está establecida en treinta y ocho diputados o diputadas. El quorum de decisión común es de la mayoría simple, es decir, que los votos positivos superen los negativos.

Los procedimientos de votación son:

  • Por asentimiento, cuando la propuesta no suscita ninguna objeción.
  • Por votación común, normalmente reflejada por medio de paneles electrónicos, o levantándose primero los que están a favor, después los que están en contra y finalmente los que se abstienen.
  • Por votación pública por llamamiento, que es un procedimiento solemne por el que se llama sucesivamente por orden alfabético a los diputados y las diputadas, que deberán responder 'sí', 'no' o declarar que se abstienen. Los miembros de la Xunta de Galicia y de la Mesa votan al final.
  • Por votación secreta, que se podrá hacer por procedimiento electrónico, con la omisión de la identificación de los votantes, o por papeletas, cuando se trate de elecciones personales o cuando lo decida la Presidencia, o cuando estuviera especificada esta modalidad en la solicitud de voto secreto; en este caso, los diputados y las diputadas son llamados por orden alfabético y depositan en una urna las papeletas.

 

La función y las competencias legislativas del Parlamento

Le corresponde al Parlamento de Galicia, como primera y más característica de sus funciones, el ejercicio de la potestad legislativa de la Comunidad Autónoma, en virtud de la cual aprueba las leyes.

O Parlamento de Galicia pode legislar sobre las materias consideradas por la Constitución y por el Estatuto de autonomía como competencia propia o en aquellas otras en las que, en virtud de las previsiones y con los límites establecidos en el artículo 150 de la Constitución, las Cortes General le atribuyan a la Comunidad Autónoma la facultad de dictar normas legislativas.

Las leyes de Galicia son promulgadas, en el nombre del rey, por el presidente de la Xunta de Galicia y publicadas en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado.

 

Los procedimientos legislativos del Parlamento

Habitualmente las leyes nacen de una propuesta que hace el Gobierno, que se denomina, en este caso, proyecto de ley; también pueden nacer de una iniciativa que hacen los diputados y las diputadas o los grupos parlamentarios, que se llama proposición de ley. ambos procedimientos legislativos seguen un camino semejante.

Los propios electores gallegos en número mínimo de 10.000, de acuerdo con las leyes establecidas, pueden también presentar iniciativa legislativa, que en este caso se denomina proposición de ley de iniciativa popular.

Los proyectos de ley son sometidos a un debate general en el Pleno de la Cámara, denominado de totalidad. No supuesto de que se les presentaran enmiendas de totalidad, una vez superado este trámite pasa a ser estudiado por una Ponencia.

A Ponencia estará formada por un diputado o por una diputada de cada grupo parlamentario existente en la Cámara, y cumple la misión de analizar el texto y las enmiendas con fines de elaborar un informe.

Este informe es estudiado por la Comisión competente por razón de la materia, designada por la Xunta de Portavoces, la cual tiene que emitir un dictamen, una vez debatido y votado el texto, artículo por artículo.

El dictamen pasa a ser debatido y votado en sesión plenaria, en una última lectura, donde se fija el posicionamiento de los grupos parlamentarios de la Cámara.

No supuesto de que el proyecto de ley no pasara el trámite de totalidad, el proyecto de ley se le devolvería al Gobierno.

Las proposiciones de ley, bien sean por iniciativa de un diputado o de una diputada con la firma de otros cuatro miembros de la Cámara, o de grupos parlamentarios con la firma de su portavoz, bien sean de inciativa popular, son también sometidas a un debate general, que en este caso se llama de toma en consideración y, si es superado, se somete primero a un plazo de enmiendas parciales, antes de que la proposición de ley sea remitida a la correspondiente Comisión legislativa asignada por la Xunta de Portavoces -igual que los proyectos de ley- y, por último, pasan para aprobación definitiva a una sesión plenaria final.

Si la proposición de ley no supera el debate de toma en consideración, queda rechazada, sin más, en ese trámite.

Además del procedimiento común, el Reglamento del Parlamento prevé procedimientos especiales para:

  • Las leyes de desarrollo básico del Estatuto.
  • Las leyes de presupuestos de la Comunidad Autónoma.
  • La aprobación de leyes por las comisiones con competencia legislativa plena.
  • Las de lectura única, cuando la ley es aprobada en una sola votación.

 

Las funciones de creación, control e impulso de la acción política del Parlamento de Galicia

O Parlamento de Galicia, como representación del pueblo gallego, vela por el buen gobierno de la Comunidad Autónoma. Esto significa que esta institución tiene facultades para ejercer el control, la crítica y la orientación de la actuación política y administrativa de él.

O Parlamento elige de entre sus miembros la persona que, previamente propuesta por el presidente o presidenta de la Cámara, ejercerá la presidencia de la Xunta de Galicia, y aprueba y sostiene el programa de gobierno de la persona candidata.

De esto deriva, en segundo lugar, la función de control que el Parlamento ejerce, ya que el presidente o presidenta de la Xunta de Galicia y su Gobierno son políticamente responsables ante él, y deben dimitir si la Cámara les niega la confianza.

En todos los casos el Parlamento pode alentar e impulsar la acción política de la Xunta de Galicia, orientando y estimulando el Gobierno y encomendándole determinadas actuaciones.

Para instrumentar procedimentalmente el anterior, existen los siguientes métodos:

El debate para la investidura del presidente de la Xunta de Galicia obliga a que la persona candidata designada por el presidente o presidenta de la Cámara consiga el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Parlamento, treinta y ocho votos, en la primera votación, o mayoría simple en la segunda.

O Parlamento de Galicia pode exigir la responsabilidad política de la Xunta, de su presidente o presidenta y de los consejeros o consejeras mediante una moción de censura.

La moción deberá ser propuesta, por lo menos, por la quinta parte (quince miembros) de los diputados o de las diputadas en escrito motivado y tendrá que incluir un candidato a presidente de la Xunta. De una moción de censura recibir el apoyo de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara, el presidente y su Gobierno deben cesar, y resulta invertido nuevo presidente o nueva presidenta la persona candidata propuesta.

También el presidente o presidenta de la Xunta de Galicia pode formular ante lo Parlamentar una cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración general, que sometida la votación se entenderá otorgada de obtener la mayoría simple de los diputados y de las diputadas; en el caso contrario, la Xunta y su presidente o presidenta cesarán.

Investidura, moción de censura y cuestión de confianza son los instrumentos solemnes con los que el Parlamento de Galicia elige, controla o hace que dimita el presidente de la Xunta y su Gobierno.

También, en contrapartida, el presidente o presidenta de la Xunta pode disolver el Parlamento y convocar nuevas elecciones.

Otras técnicas parlamentarias habituales son las siguientes:

Debates generales sobre la acción política del Gobierno, que tienen lugar, como mínimo, una vez al año; en ellos intervienen el presidente de la Xunta, que expone la actuación de su Gobierno, y todos los grupos parlamentarios, que manifiestan su posicionamiento de crítica o de apoyo al expresado por el presidente de la Xunta. El debate se cerrará con la votación de propuestas de resolución, en las que el Parlamento fija las directrices para la acción del Gobierno.

Las interpelaciones, que permiten el debate sobre motivos o propósitos de la actuación del Ejecutivo o de las consellarías, en materia de política general o en cuestiones de acentuada relevancia.

Las interpelaciones pueden concluir con la presentación de una moción, necesariamente congruente con la interpelación, mediante la cual la Cámara manifiesta su posición respeto de la cuestión debatida, y cabe la posibilidad de presentarle enmiendas.

Otro tipo de control del Ejecutivo es por medio de preguntas, en las que un miembro del Parlamento solicita una información puntual. Se pode pedir que las preguntas tengan respuesta oral en pleno o en comisión; en el primero caso, la pregunta no podrá contener más que una escueta y estricto planteamiento de una sola cuestión.

Si no se indica otra cosa en el planteamiento de la pregunta, se entiende que se solicita para su respuesta por escrito; en este caso, se exige respuesta dentro de los veinte días siguientes a su publicación.

Los miembros del Gobierno, por propia iniciativa o por petición de las comisiones, comparecerán en sesiones informativas para manifestarse sobre actuaciones de orden general de su departamento.

También por acuerdo de la Xunta de Portavoces o por petición propia los miembros de la Xunta de Galicia deberán comparecer ante el Pleno o cualquiera de sus comisiones para informar sobre un asunto determinado.

O Parlamento pode discutir y aprobar proposiciones no de ley, a través de las cuales se le formulen propuestas de resolución a la Cámara, y pueden ser tramitadas ante lo Pleno o la comisión competente en función de la importancia de los temas objeto de la proposición; su tramitación comporta la posibilidad de presentar enmiendas.

Los textos aprobados constituyen resoluciones del Parlamento, mediante las cuales te eres manifiesta una opinión, una voluntad, insta a hacer determinadas actuaciones o le da su apoyo a alguien. Estas resoluciones no obligan jurídicamente al Ejecutivo, aunque, bajo el punto de vista político, sí tiene importancia su incumplimiento ante la opinión pública.

 

La función electivo

O Parlamento tiene reconocidos amplios poderes electivo:

  • Elige a Mesa del Parlamento y las mesas de las comisiones.
  • Elige al presidente o la presidenta de la Xunta de Galicia.
  • Designa a los senadores o las senadoras que representarán a la Comunidad Autónoma gallega en el Senado.
  • Elige y nombra a la persona que debe ejercer como Valedor do Pobo.
  • Elige y nombra a los miembros del Parlamento que deben defender ante el Congreso de los Diputados las proposiciones de ley que el mismo Parlamento de Galicia presenta.

Diversas leyes de Galicia le encomiendan al Parlamento a elección de la totalidad o de una parte de los miembros de diversas instituciones: Consello de Contas, Consejo Universitario, consejos sociales de las tres universidades de Galicia, Consejo de Administración de la Corporación de Radio-Televisión de Galicia y Consejo de Bibliotecas.

 

Los procedimientos de la relación con los órganos estatales

O Parlamento participa en actividades de los órganos centrales del Estado. Así, le corresponde la designación de senadores o senadoras que deban representar a la Comunidad Autónoma de Galicia en el Senado, que la Constitución define como Cámara de representación territorial.

O Parlamento de Galicia tiene derecho de iniciativa legislativa ante el Congreso de los Diputados, pode presentar una proposición de ley que dé lugar al nacimiento duna ley estatal, y el derecho de solicitar del Gobierno del Estado la adopción de un proyecto de ley, de los que les corresponderá su tramitación a las Cortes Generales.

O Parlamento está legitimado para interponer recursos de constitucionalidad contra las normas estatales que afecten al ámbito propio de la autonomía de Galicia. Igualmente, pode comparecer en los conflictos de competencia o encomendarle a la Xunta de Galicia que sea la que comparezca.

O Parlamento de Galicia tiene la competencia para solicitar del Estado las transferencias o delegaciones de competencias no asumidas en el Estatuto y determinar el organismo al que se le debe atribuir en cada caso la competencia transferida o delegada.

 

La publicidad y el conocimiento del Parlamento

O Parlamento está abierto a todos los ciudadanos -con las limitaciones impuestas por la capacidad de sus instalaciones-, que pueden asistir a las sesiones plenarias comunes, las cuales son públicas, excepto aquellas declaradas secretas, previstas así en el Reglamento. A las sesiones de las comisiones solo asisten los representantes de los medios de comunicación social.

O Parlamento de Galicia publica un Diario de Sesiones, en el que se transcriben literalmente todas las intervenciones, los acuerdos, los incidentes y las declaraciones que se producen en el Pleno del Parlamento. Para reflejar los incidentes de las sesiones que tienen lugar en las comisiones se redactan actas en las que se recogen los incidentes más importantes, en forma de resumen, y en las que figuran debates y votaciones.

O Boletín Oficial del Parlamento de Galicia publica todos los documentos parlamentarios que entran en la Cámara o emanan de esta, y así permite hacer un seguimiento de todos los trámites e incidentes sucesivos de cualquier propuesta ata su resolución definitiva.

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